ANESE aplaude la aprobación del Sistema de Certificación de Ahorro Energético

ANESE aplaude la aprobación del Sistema de Certificación de Ahorro Energético

Las empresas de servicios energéticos integradas en la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Energéticos, ANESE,  han valorado «muy positivamente» la llegada del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAEs), aprobado el pasado martes  por el Real Decreto 36/23, por el que se regula el funcionamiento de este nuevo mercado, alternativo al aporte económico al Fondo Nacional de la Eficiencia Energética (FNEE) por parte de los sujetos obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE).

 

Certificados de Ahorro Energético

 

Como explican desde la ANESE, el objetivo de los CAEs es dinamizar el mercado de la eficiencia energética y ayudar a cumplir los objetivos de ahorro de energía comprometidos con la UE (37.206 ktep de ahorro acumulado 2021 – 2030) de un modo más flexible y eficaz. Para ello, se contempla la creación de nuevas figuras (Sujeto Delegado, Coordinador Nacional, Gestor Autonómico y Verificador de Ahorro) y el desarrollo de un procedimiento y de herramientas (Registro Nacional de CAEs, contratos, etc.) asociados a este nuevo mercado.

 

Principales objetivos del Real Decreto 36/23

 

El Real Decreto establece este sistema con carácter voluntario y de forma alternativa, al aporte al FNEE de los sujetos obligados (aporte 2023: 321 M€). Es decir, los sujetos obligados podrán cumplir con parte de su aportación económica a través de estos CAEs (se mantendrá un porcentaje mínimo de aportación económica al FNEE para garantizar su funcionamiento).

 

Los principales objetivos que persigue el Real Decreto 36/23 son:

  • Flexibilizar la forma en la que los sujetos obligados dan cumplimiento a sus obligaciones de ahorro de energía final, permitiendo que toda o parte de su obligación anual se pueda cumplir mediante la realización de actuaciones en materia de eficiencia energética (EE).
  • Posibilitar que los sujetos obligados puedan hacer frente a sus obligaciones en el marco del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE) al menor coste posible. ✓ Mejorar la eficiencia del SNOEE, facilitando el cumplimiento del objetivo nacional de ahorro de energía final.
  • Contabilizar los ahorros generados como consecuencia de actuaciones en materia de EE ejecutadas por entidades privadas, sean sujetos obligados del SNOEE o no.
  • Ofrecer la oportunidad a los consumidores finales de beneficiarse económicamente de las medidas de ahorro y eficiencia energética implantadas, no sólo por la disminución de los costes de su factura energética, sino también por la monetización de los ahorros energéticos conseguidos. Ello conllevará, además, un efecto dinamizador, pudiendo ser los propios consumidores finales los que demanden actuaciones en materia de EE.
  • Generar beneficios no energéticos derivados de las inversiones en EE en los territorios de las distintas CC. AA, como el impulso de un empleo cualificado, el desarrollo de un tejido empresarial ligado a la EE y la mejora de la productividad y la competitividad empresarial ligadas a los costes energéticos.
  • Ser un elemento catalizador de innovación en el sector de la EE, consolidando un sector atomizado e incrementando su eficiencia operativa.

 

Valoración positiva

 

ANESE,  acoge con «grandes expectativas»  la llegada de este Real Decreto, al considerar que es «un importante pilar de desarrollo para el sector de la eficiencia energética», y, en consecuencia, «una gran oportunidad para las empresas de servicios energéticos (ESEs)».

 

Desde ANESE se considera que los CAEs van a contribuir a una mejora del rendimiento de las inversiones que se realicen en eficiencia energética e impulsarán la monetización de los ahorros energéticos conseguidos por los consumidores finales, tal y como sucede en otros países. En definitiva, los CAEs serán quienes acerquen la eficiencia energética a los consumidores finales y harán que estos se erijan en demandantes de más actuaciones y tecnologías de ahorro de energía, provocando así un efecto tractor.

 

La ESE como sujeto delegado ANESE apuesta por este nuevo mecanismo, que pretende consolidar a las ESEs, quienes, en su mayoría, desarrollan actuaciones de eficiencia energética junto con los clientes finales en todos los sectores (industrial, terciario, público y residencial). Dentro del Real Decreto cabe resaltar la figura del sujeto delegado (persona jurídica de naturaleza pública o privada que pueda asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de nuevos ahorros anuales de energía de uno o varios sujetos obligados), como actor clave en la consecución de los objetivos para materializar y obtener los certificados de ahorro. Además, el sujeto delegado es la única figura que podrá participar activamente en las futuras subastas de necesidades de ahorro energético que convoque la Secretaría de Estado de Energía, contempladas en la normativa (mercado específico donde se convocarán a los sujetos delegados para la obtención de ahorros energéticos en base a las necesidades del país).

 

Las ESEs desempeñan dichas funciones de manera habitual, por tanto, están preparadas para asumir la responsabilidad de fomentar las actuaciones de eficiencia y ahorro energético. Según Carlos Ballesteros, Director General de ANESE, “desde nuestra Asociación estamos convencidos de que los Certificados de Ahorro Energético supondrán un impulso sin precedentes al mercado de la eficiencia energética. Para ello hay que dotar al sector privado, y a sus operadores económicos, de una regulación clara y certera a través de un marco transparente. Esto es, brindarles un mecanismo, por el cual puedan libremente, tomar las mejores decisiones sobre cuáles iniciativas son más rentables”.

 

Más información acerca del Real Decreto 36/23