Luz verde a la ley del teletrabajo

Luz verde a la ley del teletrabajo

El Gobierno aprobó ayer el decreto que regula el teletrabajo, tras haber alcanzado el consenso necesario con los agentes sociales. Así pues, las negociaciones sobre esta modalidad de trabajo que antes del Covid estaba en porcentajes del 4,8% y que triplico esa tendencia en época de pandemia, hasta llegar a ese 12,2% actual, según datos aportados por el Instituto Nacional de Estadística, INE, han dado sus frutos en un otoño caliente, en el que quedan por negociar la prolongación de los ERTE, reforma laboral, falsos autónomos o pensiones.

Tres elementos claves

En el texto aprobado ayer por el Consejo de Ministro, de fácil comprensión y en la que ha quedado patente la voluntad negociadora de las partes implicadas, se incluyen tres elementos claves para definir qué es el teletrabajo. Así:

  • Es teletrabajo si se realiza en un periodo de referencia de tres meses, durante un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.
  • Será voluntario y reversible, requiriendo la firma de un acuerdo por escrito.
  • Contempla igualdad de derecho con el trabajador presencial.

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, reconoció en rueda de prensa que esta normativa supondrá un cambio de paradigma en las relaciones laborales en nuestro país y en la metodología productiva. “Es un auténtico proceso de modernización y nos coloca en la vanguardia de las legislaciones europeas”, aseguró, tras insistir en que el trabajo a distancia tendrá carácter voluntario, es decir, no podrá ser impuesta ni por el empresario ni por el trabajador, y el acuerdo al que se llegue al respecto será reversible.

Tras rellenar ese vacío legal que existía hasta ahora, el decreto vendrá a dar sentido a una nueva modalidad de entender el trabajo. Una modalidad que, sin duda alguna, ha venido para quedarse, tras detectar que durante la pandemia han sido más de tres millones de trabajadores los que han estado teletrabajando.

¿Quién asume los gastos?

El decreto aborda una de las cuestiones que más escollos han levantado en las negociaciones, la de la competencia de los gastos. El decreto lo ha resuelto determinando que esos gastos vinculados al desempeño del trabajo a distancia -equipos, herramientas, medios y consumibles- correrán a cargo de la empresa, es decir, deberán ser sufragados o compensados por la empresa. Sin embargo, deja en el aire quién asumirá otros costes derivados de consumos energéticos o telemáticos, como luz, calefacción, Internet…, dejando la puerta abierta a acuerdos y convenios colectivos para determinar cómo y quién los asume.

Asimismo, se explicita que el lugar que se elija para trabajar a distancia no tendrá por qué ser necesariamente el domicilio del trabajador, y quedará garantizado el derecho a la desconexión, aclarando la ministra que “el acuerdo que rija la relación laboral fijará el tiempo de disponibilidad y se respetarán los derechos de registro horario y conciliación”.

Indicar por último que el decreto entrará en vigor pocos días después de su publicación en el BOE, dando a las empresas un plazo de 20 días para adaptar las nuevas condiciones a sus planes organizativos.