Contabilización de consumos: el Gobierno aclara aspectos sobre la aplicación de normativa

Contabilización de consumos: el Gobierno aclara aspectos sobre la aplicación de normativa

Aclarar algunos aspectos del Real Decreto Real Decreto 736/2020 por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios aprobado el 4 de agosto de 2020. Este es el objetivo de la nota aclaratoria que el Ministerio para la Transición Ecológica acaba de emitir a través de la Secretaría de Estado de Energía.

Con esta nota se pretende facilitar la aplicación de esta normativa teniendo en cuenta los requisitos y obligaciones que están relacionadas con la contabilización de los consumos individuales de calefacción y refrigeración que deben cumplir las instalaciones térmicas centralizadas de los edificios nuevos y existentes, la determinación del coste variable que corresponde a cada unidad de consumo (con un coste fijo por el mantenimiento de las instalaciones y el calentamiento de zonas comunes) y establecer los procedimientos que permitan comprobar su cumplimiento, explica Ista.

Esta compañía, especializada en la fabricación e instalación de estos dispositivos de medición de consumo, aplaude el comunicado «ya que aclara cuestiones que generaban una cierta controversia, se alinea completamente con el espíritu de la Directiva y del Real Decreto aprobado y contribuirá a que los usuarios finales ahorren y tengan mucha más información sobre su consumo de calefacción”, afirma Ignacio Abati, director general de la empresa.

 

Eficiencia de las instalaciones

La nota deja patente que el Real Decreto aprobado tiene como fin último que las instalaciones centralizadas de climatización se utilicen de la forma más eficiente posible desde el punto de vista energético: “la individualización de los costes de climatización se basa, en primer lugar, en el derecho de los consumidores a recibir información sobre sus consumos energéticos individuales de calefacción y refrigeración. Y, en segundo lugar, en el derecho a que la facturación de estos consumos se realice de acuerdo con su consumo energético real”, explica la Secretaría de Estado de Energía.

Para Abati, este último objetivo es fundamental. “No debemos olvidar que la instalación de los repartidores de costes no es un impuesto, ni tiene ningún fin recaudatorio. La eficiencia energética, el respeto ambiental y el ahorro de las familias son las únicas causas que lo han motivado tanto en España, como en el resto de Europa. Cuando nació el Certificado de Eficiencia Energética para los edificios también surgieron voces en contra que se oponían a la medida, ahora todo el mundo reconoce su utilidad y transparencia. Con los repartidores de costes, ocurrirá igual”, argumenta el director general de Ista.

 

Rentabilidad económica de la instalación

Uno de los aspectos en los que insiste la nota aclaratoria emitida por Gobierno, se refiere a la rentabilidad económica de la instalación, uno de los requisitos que pueden eximir de la obligatoriedad de la instalación de estos dispositivos de medición.

“Los costes a incluir en el presupuesto para el cálculo de la viabilidad económica serán los de aquellos ítems necesarios para cumplir con el real decreto.” Y respecto a éstos “la lista es orientativa, de forma que no todos estos ítems tienen por qué ser necesarios en todos los casos” explica la nota aclaratoria.

Como señala Ista, con esta exposición, el Gobierno deja claro que para la determinación de la viabilidad económica no se deben incluir elementos de control del consumo individual en el presupuesto a realizar. Sólo después de que el resultado del estudio de viabilidad económica sea positivo, se deberá analizar si es necesario que se implemente alguna mejora en los medios de control del consumo individual con los que deberá contar la instalación térmica.

Ista recuerda también que para determinar el periodo estimado de recuperación de la inversión, se debe considerar el ahorro derivado de la individualización del consumo, partiendo de la premisa de que los usuarios podrán adaptar su consumo en función de sus necesidades.

La nota hace referencia a un análisis elaborado por el IDAE sobre una muestra de sistemas de reparto de gastos de calefacción centralizada en edificios, para edificios situados en zonas climáticas C, D y E, con sistemas de contabilización y, al menos, dos años completos ya instalados, desprendiendo ahorros medios muy variables cuyos rangos usuales están entre el 25% y el 40%, siendo “la variable más importante el cambio de comportamiento y hábitos de consumo del usuario”. De forma que el mayor porcentaje de ahorro se obtiene, efectivamente, por el efecto que sobre el usuario tendrá disponer de más información sobre su consumo, consecuencia directa de la instalación de contadores o repartidores de costes de calefacción.