El Gobierno suspende todas las actividades no esenciales hasta el 9 de abril

El Gobierno suspende todas las actividades no esenciales hasta el 9 de abril

La lucha contra la pandemia del coronavirus está llevando al Gobierno a adoptar medidas cada vez más estrictas. En un Consejo de Ministros extraordinario, ayer se aprobó el Real Decreto-Ley 10/2020, por el que se suspenden todas las actividades no esenciales desde hoy 30 de marzo hasta el próximo 9 de abril. Se regula, asimismo, un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no tengan que acudir a su puesto de trabajo en estos 10 días. Con esta medida se pretende reducir aún más la movilidad de las personas, se disminuirá el riesgo de contagio y permitirá descongestionara las UCIs de los hospitales.

Durante el permiso, los trabajadores y trabajadoras seguirán percibiendo sus retribuciones íntegras, tanto el salario base como los complementos a los que tengan derecho. Una vez termine el período mencionado, las empleadas y empleados devolverán a la empresa, de manera paulatina, las jornadas no trabajadas. Se pretende de una medida de flexibilidad laboral con la que se trata de salvaguardar el empleo mientras dure la crisis sanitaria de la Covid-19, de evitar situaciones de desprotección y de garantizar el restablecimiento posterior de la actividad económica. Las empresas que deban aplicar este permiso retribuido podrán establecer un número mínimo de plantilla o establecer los turnos de trabajo imprescindibles para mantener la actividad que sea indispensable.

Este decreto, de aplicación obligatoria, contempla excepciones. Por ejemplo, no podrá afectar a las trabajadoras y trabajadores a las que se les esté aplicando un ERTE, salvo que este sea de reducción de jornada. Tampoco a las personas que estén de baja médica, o cuyo contrato esté suspendido por otras causas legales, ni a las que puedan desarrollar su actividad profesional mediante el teletrabajo.

Para aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad, el texto contempla una que los trabajadores podrán prestar servicios el lunes 30 de marzo de 2020 con el único propósito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudación de la actividad empresarial.