Primeras entidades acreditadas por ENAC para la verificación del sistema CAE

Primeras entidades acreditadas por ENAC para la verificación del sistema CAE

OCA Instituto de Certificación, European Quality Assurance Spain (EQA),  AENOR Confía, LGAI Technological Center, Bureau Veritas Iberia y SGS Tecnos son las primeras entidades acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), como verificadores del sistema de Certificados de Ahorro energético (CAE), según se establece en el  Real Decreto 36/2023,  y se desarrolla en la  Orden TED/815/2023. Con ello, el mercado español contará, a partir de ahora, con los servicios acreditados necesarios para la puesta en práctica de este mecanismo público de ahorro energético.

 

Este sistema, que se incluye en el marco del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE), tiene como objetivo la promoción, en todo el territorio nacional, de una economía que utilice más eficazmente los recursos energéticos, para ser más competitiva. Dentro del mismo, la  figura del verificador de ahorro energético es clave, ya que es el encargado de comprobar que la documentación presentada por los sujetos obligados, las empresas obligadas o sus delegados para evidenciar los ahorros energéticos conseguidos sobre el ahorro de energía obtenido por la ejecución de una o varias actuaciones de eficiencia energética, es acorde a la normativa y que el ahorro declarado es veraz para, así, determinar si se encuentran en disposición de obtener los CAE.

 

El esquema de acreditación

 

La acreditación de los verificadores dentro del sistema CAE está regulado por el correspondiente esquema de acreditación elaborado por ENAC, siguiendo las directrices marcadas por la Dirección General de Política Energética y Minas del MITERD que toma como referencia las normas UNE-EN ISO/IEC 17029:2019 y UNE-EN ISO/IEC 14065:2020 y que se describe en el documento ENAC RDE-33.

 

En este documento se establece que la acreditación se podrá conceder con dos niveles: un primer nivel para la acreditación de verificadores de los ahorros energéticos resultantes de actuaciones estandarizadas (aquellas que por sus características y particularidades técnicas puedan ser fácilmente replicables) y un segundo nivel para la acreditación de verificadores de los ahorros energéticos resultantes de actuaciones singulares (aquellas que por sus características y particularidades técnicas no pueden ser incluidas en una ficha del catálogo de actuaciones estandarizadas).

 

En este sentido, en relación con las acreditaciones ahora concedidas, se han acreditado para actuaciones estandarizadas, y EQA y SGS Tecnos para actuaciones estandarizadas y singulares.