Expediente sancionador a Enel por presuntas prácticas prohibidas

Expediente sancionador a Enel por presuntas prácticas prohibidas

El abuso de posición dominante por parte Enel Green Power en el mercado de acceso y conexión ha sido investigada por la CNMC, ya que es una conducta contraria al artículo 2 de la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia (LDC).

La CNMC decidió emprender este expediente sancionador tras haberse percatado de varios conflictos de acceso tramitados por la Dirección de Energía de la institución, y a la vista de otras informaciones sobre la existencia de posibles indicios de una infracción del artículo mencionado.

Se ha entendido que Enel ha podido aprovecharse de su condición como Interlocutor Único de Nudo (IUN), y tramitador único de las solicitudes conjuntas y coordinadas de acceso y conexión a la red de transporte en dichos nudos ante Red Eléctrica de España, para favorecer a empresas de su mismo grupo empresarial. Todo ello, en perjuicio y detrimento de terceras empresas generadoras que comparten punto de conexión a la red de transporte, y que no pudieron acceder a la misma, como consecuencia de dicha presunta conducta discriminatoria.

Con esa información en la mano, la CNMC ha decidido poner en marcha este expediente sancionador contra dicha empresa dados los indicios racionales de una infracción del artículo 2 de la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia (LDC).

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para su instrucción y resolución.