Guía de aplicación del DB-HE 2019: ¿cómo ayuda a las empresas instaladoras?

Guía de aplicación del DB-HE 2019: ¿cómo ayuda a las empresas instaladoras?

Recientemente se ha publicado la Guía de aplicación del DB-HE  2019, que tiene como objetivo facilitar a los diferentes agentes de la edificación, entre ellos las empresas instaladoras térmicas y de iluminación, el conocimiento y la aplicación del nuevo Documento Básico (DB) recogido en el Real Decreto 732/2019 de 20 de diciembre.

Elaborada por el Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja (IETcc), bajo la supervisión de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), esta guía completa el conjunto de documentos técnicos de ayuda que responden a la estrategia de facilitar la aplicación de la reglamentación de la edificación y ampliar su conocimiento entre el personal técnico que actúa en el campo de la edificación. Permitirá a los profesionales que vayan a aplicar el DB-HE un conocimiento más profundo en relación con otras actuaciones dentro del ámbito de la edificación distintas de la propiamente proyectual.

Contenido de la guía de aplicación

Adelantan desde la Confederación Nacional de Instaladores (CNI) que la guía se estructura, tras una primera introducción que enmarca el DB-HE dentro de la política energética europea, en un análisis sección por sección del DB-HE correspondiente a cada una de las exigencias que contiene el mismo,a través de cuatro apartados:

  • Aspectos generales
  • Esquema de aplicación
  • Cumplimiento
  • Conceptos de interés

Es precisamente en ese último paso en dondese recogen advertencias y aclaraciones sobre aquellas cuestiones de más difícil comprensión o que pueden dar lugar a mayor confusión, completando con algún ejemplo de cálculo y donde se hace mención expresa también a la aplicación de la
reglamentación en las intervenciones en edificación existente.

Cambios en los plazos de aplicación 

Partiendo de que los plazos de aplicación del nuevo DB-HE aprobado en el RD 732/2019 se han visto alterados por la situación derivada del estado de alarma debido al Covid-19, desde CNI recuerdan los actuales plazos, tomando como referencia lel Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorrogó el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y que en su artículo 9 estableció que desde el 1 de junio de 2020 se reanudaba el cómputo de los plazos administrativos suspendidos. De acuerdo a los criterios fijados por la Abogacía del Estado, la reanudación de los plazos de aplicación del Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, de modificación del Código Técnico de la Edificación se realizará de la siguiente manera:

  • Aplicación voluntaria y obligatoria del Real Decreto 732/2019:  El plazo de 6 meses de aplicación voluntaria del Real Decreto 732/ 2019, cuya fecha de finalización original era el 27 de junio de 2020, finalizará el 23 de septiembre de 2020, siendo obligatoria la aplicación del citado Real Decreto para todas aquellas obras que soliciten licencia municipal a partir del 24 de septiembre de 2020.
  • Obras con licencia entre el 28 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020: La determinación de la fecha antes de la cual deberá comenzar la obra o en caso contrario habrá de adaptarse al Real Decreto 732/ 2019 tiene cierta complejidad.
  • Obras con licencia entre el 14 de marzo de 2020 y el 1 de junio de 2020: Aquellas obras para las que se hubiera obtenido licencia municipal entre el 14 de marzo de 2020 y el 1 de junio de 2020 y cuyos proyectos no estuvieran adaptados al Real Decreto 732/2019, a los efectos de aplicación de este Real Decreto, deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia, contabilizado a partir del 1 de junio, o bien, en defecto de previsión de plazo en el propio otorgamiento de licencia, en el plazo de seis meses desde el 1 de junio de 2020. En
    caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE aprobadas en el Real Decreto 732/2019.