Las instalaciones solares de Barbastro incentivadas con rebajas de hasta el 50% en el IBI

Las instalaciones solares de Barbastro incentivadas con rebajas de hasta el 50% en el IBI

El Ayuntamiento de Barbastro aprobó en pleno la modificación de la ordenanza del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), contemplando bonificaciones por la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar. Las rebajas, que pueden suponer hasta un 50% de la cuota íntegra del impuesto, se aplicará durante los 5 años siguientes a la puesta en servicio de sistemas de aprovechamiento solar, tanto térmicos (generación de agua caliente) como eléctricos (generación de electricidad con fotovoltaica).

 

Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas

Es en el caso del aprovechamiento térmico del sol donde la bonificación del IBI puede alcanzar  hasta el 50% de la cuota íntegra del impuesto, permitiendo que el propietario de una vivienda que paga anualmente unos  1.000 euros, pueda obtener una bonificación total de 2.500 euros en el transcurso de esos 5 años.

La corporación fija como requisito indispensable para obtener esta bonificación que la superficie de paneles solares para generación térmica supere en un 50% la superficie que exige la normativa en el caso de edificios o locales con algún tipo de actividad consumidora de agua caliente. En el caso de las viviendas, la exigencia se ciñe a que la superficie de paneles para la generación térmica supere los 2 metros cuadrados por vivienda.

También se establece la misma bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto en el aprovechamiento de la energía solar mediante paneles fotovoltaicos, siempre y cuando se cumplan los siguientes condicionantes. El primero contempla que si la vivienda posee suministro eléctrico a la red, se deberá superar el 25% de la potencia contratada. En el caso de una vivienda que tenga contratado 4kW de potencia, deberá instalarse como mínimo 1kW de potencia en placas fotovoltaicas. Además, si la vivienda no posee suministro eléctrico, esto es, está aislada de la red, se exige que como mínimo se instalen 500W de potencia, lo que equivale a 1 panel fotovoltaico.

Adicionalmente, en cuanto a instalaciones con paneles fotovoltaicos, indicar que se ha creado una nueva bonificación para el fomento de las ‘Comunidades solares o fotovoltaicas’. En este caso, en una instalación fotovoltaica que comparten varios usuarios, con los condicionantes establecidos por la normativa en vigor, se exige que en el reparto de la instalación compartida el usuario que se beneficie de la rebaja del IBI participe como mínimo con 250W de potencia.

En el supuesto de que la instalación fotovoltaica se destine a la venta de energía a la red, pero su instalación se realiza en la cubierta de los inmuebles, también se han previsto bonificaciones. En este caso son de hasta un 30% del IBI cuando se cumplan una serie de limitaciones de potencia.