Luz verde a la norma que regirá las ayudas del PERTE del vehículo eléctrico y conectado

Luz verde a la norma que regirá las ayudas del PERTE del vehículo eléctrico y conectado

El Boletín Oficial del Estado ha publicado recientemente la orden de bases por la que se regirá la concesión de las ayudas por un valor de 2.975 millones de euros correspondientes a la parte industrial del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE_VEC), una vez el proyecto ha recibido la autorización de la Comisión Europea y superado la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

El presupuesto máximo de las ayudas a conceder bajo esta orden para el periodo 2021-2023 será de un total de 2.975 M€, de los cuales 1.425M€ serán en forma de préstamo y 1.550M€ en forma de subvenciones y se espera que movilicen una inversión privada de 11.900M€.

 

Las ayudas previstas en esta orden abarcan su concesión en el periodo 2021-2023, ambos incluidos, y plazo máximo de realización hasta el 30 de septiembre de 2025. Además, las ayudas podrán tener carácter plurianual y formalizarse como préstamos a través del presupuesto nacional, subvenciones con financiación del mecanismo de recuperación y resiliencia o como una combinación de ambos.

 

El establecimiento de las bases reguladoras para la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas correspondientes, se trata del paso previo a la publicación de la convocatoria que abrirá los plazos para la presentación de los proyectos.

 

Estas ayudas se complementarán con las ayudas del Plan Moves, el Programa Moves Proyectos singulares, el programa tecnológico de movilidad sostenible del CDTI, inteligencia artificial y vehículo conectado hasta llegar a los 4.300 millones de euros. De esta manera, el desarrollo del proyecto prevé una inversión total de más de 24.000 millones de euros en el periodo 2021-2023 entre inversiones públicas y privadas con un objetivo claro y definido: la creación del ecosistema necesario para que se pueda fabricar y desarrollar de manera integral el vehículo eléctrico y conectado en España.

 

Estructura de las solicitudes

 

La orden establece un modelo colaborativo de solicitud. Las entidades interesadas en presentar una solicitud se deberán constituir como una agrupación de empresas sin personalidad jurídica y suscribir con carácter previo a la formalización de la solicitud un acuerdo interno.

 

Las solicitudes denominadas proyectos tractores deberán incluir proyectos primarios que involucran a varios eslabones de la cadena de valor del sector, y dentro de los bloques obligatorios, así como alguno de los opcionales y los transversales definidos en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021.

 

Beneficiarios

 

Agrupaciones sin personalidad jurídica propia que cumplan tanto las condiciones generales que establece el Real Decreto-ley 36/2020, como las particulares que fija la orden de bases. Destacan las siguientes:

 

  • a) Los miembros serán entidades personas jurídicas, públicas o privadas, con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su forma jurídica y su tamaño.
  • b) Las agrupaciones deben estar organizadas en torno al sector industrial de automoción con una combinación, como mínimo de cinco entidades jurídicas diferenciadas que no pertenezcan al mismo grupo empresarial, ni constituir empresas controladas en igualdad de condiciones por dos cualesquiera de las entidades participantes que formen parte de la Agrupación. De las entidades participantes, al menos una de ellas, pertenecerá al CNAE 291 (Fabricación de vehículos de motor), y otra pertenecerá al CNAE 293 (Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor).
  • c) La agrupación debe estar integrada, al menos, por un 40% de pymes.
  • d) Deberán contar con la colaboración de, al menos, un proveedor de tecnología y/o conocimiento y que como tal, tenga la capacidad técnica y organizativa suficiente para la realización de las actividades de I+D+i que incorpore el proyecto tractor. Esta entidad proveedora de conocimiento puede ser una de las empresas.
  • e) Deberán tener implantación en un ámbito geográfico que abarque al menos a dos CCAA.