Prysmian informa sobre los cables de telecomunicaciones a instalar en edificios a partir del 4 de octubre

Prysmian informa sobre los cables de telecomunicaciones a instalar en edificios a partir del 4 de octubre

Técnicos de Prysmian recuerdan que, el pasado 3 de octubre de 2019 fue publicada la orden ministerial ECE/983/2019 donde, entre otras cosas, se esclarecía las clases de reacción al fuego exigibles a los cables para Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones y redes fijas de acceso ultrarrápido que discurran por edificios, fincas y conjuntos inmobiliarios en régimen de propiedad horizontal.

Con todo, esa nueva orden ministerial no viene a recordar que los cables de telecomunicaciones se ven afectados por el Reglamento de Productos de Construcción (CPR), ya que eso quedó establecido desde el 1 de julio de 2017, sino a determinar una clase mínima de reacción al fuego para los cables ICT y otros casos.

La clase mínima de reacción al fuego para los cables de telecomunicaciones para ICT o redes de acceso ultrarrápido que discurran por edificios, fincas y conjuntos inmobiliarios en régimen de propiedad horizontal (art. 45.4, Ley 9/2014), entendidos como tales los cables de pares, pares trenzados, coaxiales o fibra óptica, será Dca-s2,d2,a2.

Cumplir los estándares más exigentes

Recuerdan además estos técnicos de Prysmian que cuando estos cables compartan canalización, conducto o estén en contacto con cables de reacción al fuego superior y puedan transmitir el fuego en caso de incendio, todo el conjunto de cables deberá cumplir la reacción al fuego más exigente. Es decir, si por ejemplo, estamos en un emplazamiento en que el cable de energía instalado es de alta seguridad (tipo Afumex Class) y se da la circunstancia explicada, la clase Dca-s2,d2,a2 ya no será válida sino que será necesario instalar cables de clase mínima Cca-s1b,d1,a1.

Por eso subrayan la obligatoriedad de designar los ensayos de fuego en la Unión Europea por medio de la clase de reacción al fuego sin posibilidad de añadir otros ensayos puntuales que no estén en el esquema CPR. Y ponen el foco en que no es legal ofrecer cables con clase Eca y libres de halógenos. Un cable así sólo es reconocido legalmente como Eca (no propagador de la llama) y por supuesto no es comparable ni técnica, ni legalmente a cables con clase Cca-s1b,d1,a1 que el REBT exigen en locales de pública concurrencia o instalaciones de enlace.

Recuerdan desde Prysmian que la orden ministerial entró en vigor el pasado 4 de octubre y por tanto estamos en período de transición hace meses. Será el 4 de octubre próximo cuando no se puedan ya instalar, en el ámbito de aplicación explicado, los cables de telecomunicaciones que no sean de reacción al fuego mínima Dca-s2,d2,a2. A diferencia de lo que sucede con los cables de energía, la obligación es para todos los actores del mercado (fabricantes, distribuidores, instaladores…). Es decir, el cable antiguo de telecomunicaciones ya no podrá instalarse el 4 de octubre. Es importante pues, para distribuidores e instaladores eliminar los stocks antiguos y renovarlos por los cables que cumplen la CPR a fin de eliminar el riesgo de generar obsoletos.