Se aprueba el Real Decreto que regula el certificado energético de los edificios

Se aprueba el Real Decreto que regula el certificado energético de los edificios

El Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), el Real Decreto que establece el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Una norma que establece la metodología y definiciones técnicas para el cálculo de la calificación energética y actualiza las condiciones técnicas y administrativas del proceso para la certificación energética de los edificios y responde a la adecuación de la normativa española a las nuevas necesidades y retos adquiridos para alcanzar el objetivo de descarbonización a 2050.

El Certificado de Eficiencia Energética, además de recoger la información más relevante sobre la situación energética de cada inmueble, desempeña un papel estratégico en la mejora de la calidad de la información energética y la valoración de su rendimiento, elementos clave para evaluar la toma de decisiones que afecten al edificio.

Este Real Decreto, además de establecer esa regulación de la metodología y definiciones técnicas para el cálculo, así como la documentación exigible para tramitar la certificación energética de los edificios, determina el contenido mínimo del Certificado de Eficiencia Energética y las condiciones para obtener la etiqueta de eficiencia energética de los edificios.

En suma, la norma, adaptando la certificación energética a la normativa europea mediante la transposición parcial de la Directiva 2018/844, actualiza también las obligaciones de los promotores y los propietarios de edificios en cuanto a las características técnicas que deben cumplir los inmuebles en materia de certificación energética, tanto en relación con los proyectos de edificación como con las obras terminadas.

 

 Eficiencia, transparencia y control

Con el foco puesto en la promoción y activación de medidas de mejora de la eficiencia energética de los edificios, en línea con los objetivos del Plan Nacional de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC), establece como objetivo para 2030 la rehabilitación de 1.200.000 viviendas reduciendo la dependencia energética y las emisiones de los edificios.

También resultará crucial para el impulso y puesta en marcha de medidas de mejora de la eficiencia energética de los edificios, a través de la rehabilitación de viviendas, regeneración urbana y modernización de la Administración Pública contempladas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Otro de sus objetivos es mejorar la transparencia en la información a compradores y usuarios mediante el Certificado de Eficiencia Energética de edificios y el nuevo Registro Administrativo Centralizado de informes de evaluación energética, que recogerá la información remitida por las comunidades autónomas en esta materia. Un tercer elemento radica en la incorporación de mejoras en aspectos de digitalización y acceso de la información relativa a la energía edificatoria, dinamizando y permitiendo impulsar las actuaciones de rehabilitación energética de los edificios.

Un apunte más, este Real Decreto actualizará los mecanismos de seguimiento y control por parte de las administraciones públicas, agentes del sector y usuarios, a través de la Comisión asesora para la certificación de eficiencia energética de los edificios.

 

 Se amplía la certificación obligatoria

Con la aprobación de este Real Decreto se amplía el parque de edificios obligados a disponer de una certificación de eficiencia energética, así, aquellas construcciones con una superficie útil total superior a 500 m2  y destinadas a un uso administrativo, sanitario, comercial, residencial público, docente, cultural, recreativo, logístico, hostelero o deportivo deberán tener su Certificado de Eficiencia Energética.

Otro tanto sucede con los edificios ocupados por una administración pública con una superficie útil total superior a 250 m2, independientemente de la frecuencia y afluencia de público en el mismo. Se trata de una medida que supera los mínimos exigidos a nivel comunitario, en línea con el compromiso de la Administración Pública con la eficiencia energética de los edificios.

Asimismo aquellos inmuebles que deban pasar obligatoriamente la Inspección Técnica del Edificio (ITE) y rehabilitaciones energéticas en los próximos años también estarán obligados a disponer de esta certificación de eficiencia energética.